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El diseño de las directrices urbanísticas metropolitanas están sobre la mesa

 

En “La Drecera” de enero-febrero 2020, es decir, ya hace tres años y medio, vamos a hablaros de este megaproyecto que representa la planificación urbanística del área metropolitana de Barcelona. Entonces os explicábamos cuál era el planteamiento general que se presentaba. También hacíamos un resumen de las aportaciones y alegaciones que el INSTITUTO AGRÍCOLA presentó al avance del Plan Director Urbanístico Metropolitano (PDUM), dentro del periodo de información pública establecido entre mayo de 2019 a enero de 2020.

Ahora seguiremos hablando. Y no por que durante todo este tiempo el proyecto haya estado paralizado, como si la desgraciada pandemia lo hubiera postergado. No, todo lo contrario, la Administración ha ido trabajando en ello. Y así es como el pasado 21 de marzo se aprobó inicialmente el Plan Director Urbanístico Metropolitano. Un nuevo paso adelante en su tramitación, después del Avance de 2020. Pero esta fase ya tiene sus efectos inmediatos: la suspensión de la tramitación de planes urbanísticos derivados, proyectos de gestión urbanística y de urbanización, licencias de parcelación de terrenos, de edificación, reforma, rehabilitación o derribo de construcciones, de toda una serie de ámbitos urbanísticos concretos, por un periodo de dos años. La cosa, pues, ya es más seria.

 

Con esta aprobación inicial del PDUM se inicia un periodo de información pública del mismo, hasta el próximo 30 de octubre, donde todo el que lo considere oportuno puede consultar la documentación, así como llevar a cabo las aportaciones y alegaciones pertinentes.

Debemos recordar que estamos hablando de un territorio de 636 km2, que abarca 36 municipios de las comarcas de El Barcelonès, Baix Llobregat, Maresme oeste y Vallès Occidental sur, y donde viven 3,3 millones de personas. El PDUM será la norma urbanística superior, de la que dependerán el resto de normativa urbanística aplicable en todo su ámbito. Será el que sustituirá al todavía, hoy, vigente Plan General Metropolitano de Barcelona de 1976 \u2012que abarca 27 municipios. Plan que, según los redactores del PDUM, después de casi cincuenta años de duración, está desfasado en sus objetivos, apedazado \u2012 con unas mil seiscientas modificaciones puntuales\u2012 y que debe adaptarse a las nuevas visiones de los urbanistas. El horizonte es el diseño de la metrópoli para 2050.

¿Y cuál es su planteamiento ?

Pues la propuesta es tender hacia la creación de una metrópoli policéntrica y nodal. Es decir, rehuir de la centralización de todos los servicios e infraestructuras en la ciudad de Barcelona, y repartirlo entre seis agrupaciones de municipios — Llobregat Continu, Llobregat Delta, Vall Baixa y Alfés, Vallès, Norte y Barcelona. Asimismo se crearán quince polos de atracción \u2012Porta Diagonal, Quatre Camins, Besòs Central, Castelldefels-UPC, entre otros\u2012, o se promoverán diez grandes avenidas metropolitanas que servirán para unir las ciudades. Un ejemplo puede ser la Gran Vía Metropolitana, que une Castelldefels con Montgat, a lo largo de casi 35 kilómetros. Estas vías deben mejorar los desplazamientos de la población implementando más transporte público y carriles bici o paseos peatonales. El objetivo es que en 2050 el 50% de los desplazamientos se hagan a pie o en bicicleta, y el 30% en transporte público. El reto, pues, es importante, visto la actual red de infraestructuras, totalmente descoordinada, impuntual o poco efectiva.

Los espacios abiertos y la infraestructura verde

Otro aspecto importante de que se trata son los espacios abiertos. Nomenclatura que proviene del Plan Territorial Metropolitano de Barcelona, y que son, básicamente, el conjunto de suelos de interés natural y agrario que el PDUM preserva reconociendo su papel primordial en el mantenimiento de la biodiversidad, la regulación del ciclo del agua, la mitigación y la adaptación a los efectos del cambio climático, la prevención de los riesgos naturales y el suministro de alimentos de proximidad. Aquí es nada !

El PDUM clasifica los espacios abiertos en cuatro grandes ámbitos con funciones diferenciadas:

  • Áreas núcleo: Áreas predominantemente forestales que presentan una biodiversidad y conectividad elevadas. Incluyen las zonas húmedas del delta del Llobregat, El Garraf, Collserola, así como la cordillera de Marina, Els Xaragalls del Vallès y las Montañas de El Baix. Ocupan un total de 21.234 hectáreas.
  • Conectores pasarela: Ámbitos dentro de entornos altamente fragmentados que actúan como pasarela de hábitat favoreciendo la conectividad ecológica. Al situarse en entornos urbanizados o con alta presencia de infraestructuras, requieren de una protección adicional. Son la colina de Montcada (Montcada i Reixac), el Puig Graells de l’Obac (Sant Cugat del Vallès), la colina de La Gatxarella (Castellbisbal) y los espacios abiertos existentes entre Can Fatjó dels Aurons y el torrente de Ferrussons (Cerdanyola del Vallès – Sant Cugat del Vallès). Ocupan 332 hectáreas.
  • Mosaico agroforestal: Ámbitos de montaña o fuera de las llanuras aluviales con más potencial para ser cultivadas en relación a la pendiente y la accesibilidad, así como por la proximidad al agua. Ocupan una superficie de 4.466 hectáreas.
  • Plana agraria: Ámbitos de las llanuras aluviales y deltaicas con más potencial para ser cultivadas en relación a la disponibilidad de agua y al logro de un modelo que tienda a su soberanía alimentaria. Ocupan una superficie de 3.004 hectáreas.

El otro concepto al que debemos acostumbrarnos a sentir es la estructura verde. Ésta la conforman elementos en suelo urbano y en espacios abiertos, como los ejes verdes, los caminos y los espacios libres de trascendencia metropolitana, que conforman todos ellos una red que vertebra las relaciones entre asentamientos urbanos y naturaleza. Lo conforman tres tipos diferentes: ejes verdes estructurantes, caminos estructurantes y espacios libres estructurantes. Al respecto habrá que ver y estar atentos, como ya alegamos con el Avance, que se tenga presente la titularidad privada de muchos de estos ejes y caminos, y que con el abanderamiento del uso social —concepto jurídico indeterminado— no se vulnere el derecho de propiedad privada.

El conjunto de los espacios abiertos —incluyendo los sistemas transversales— alcanzan una extensión de 32.430 ha, el 50,8% del total de la superficie del área metropolitana, y un 4,21% más de la clasificada como suelo no urbanizable por el planeamiento vigente. El PDUM propone la ordenación de la infraestructura verde como base estructural del desarrollo urbano considerando cuatro tipos de actuaciones principales: la preservación de los espacios abiertos, la recuperación de la actividad agraria, la mejora del ciclo integral del agua y el establecimiento de una red de verde urbano interconectada con su entorno.

Así como su Avance no contenía directrices normativas ni la descripción gráfica de las diferentes clasificaciones y calificaciones urbanísticas, la aprobación inicial sí incluye la parte con la normativa urbanística que será de aplicación así como los planos de ordenación y calificación urbanística donde se aplicará aquélla. Por lo tanto, es importante ver qué cambios se han previsto respecto a la actual planificación.

El uso del suelo no urbanizable

El PDUM también hace un catálogo de usos del suelo y ajusta las definiciones y las actividades que se incluyen, con el fin de establecer un criterio común de cara a que el futuro Plan de Ordenación Urbanística Metropolitano —que sustituirá al vigente Plan General Metropolitano— los concrete. En lo que concierne a los espacios abiertos y la regulación del suelo no urbanizable, el PUDM dedica el Título IV de la Normativa.

Y es aquí donde debemos hacer incidencia, para que este listado de usos sea el más amplio, menos restrictivo, adaptado a las necesidades de la actividad agroalimentaria y al logro de una soberanía productiva que consigue obtener los productos en nuestro territorio, sin depender del exterior

El artículo 126 de la Normativa del PDUM da continuidad a los preceptos vigentes del Plan Especial del Parc Agrari del Baix Llobregat en su ámbito. Pero como ya os hemos ido diciendo anteriormente \u2012″La Drecera” de mayo-junio 2023\u2012, el INSTITUTO AGRÍCOLA, junto con las cooperativas agrícolas y los Ayuntamientos de la zona, estamos trabajando para modificar radicalmente esta normativa, con el fin de adaptarla a los nuevos requerimientos y exigencias de una agricultura moderna y competitiva. Los efectos del Parque Agrario han sido desastrosos: abandono de tierras productivas, falta de relevo generacional, deficiencia de infraestructuras, confrontación con usos no agrícolas, etcétera. En este punto seguro que seremos muy beligerantes frente a los redactores del PDUM para que se reconsidere esta remisión al Parque Agrario, y, en cambio, se redacte una normativa mucho más laxa y proactiva hacia el desarrollo de un sector agroalimentario potente y eficiente en el delta del Llobregat. Se nos gira trabajo, pero el objetivo se lo vale !

¿Y las zonas urbanas?

El PDUM propone un modelo de desarrollo urbano basado no en el crecimiento y la extensión, sino en la densificación, la intensificación y la transformación de los tejidos existentes y de los sectores de desarrollo previstos en el planeamiento urbanístico vigente.

Respecto de la vivienda la propuesta prevé la construcción de 120.000 a precio asequible, de los que la mitad serán de alquiler social. Asimismo también se pretende rehabilitar los edificios y reciclar tejidos urbanos, así como establecer reservas para el establecimiento de parques fotovoltaicos para conseguir la electrificación sostenible de los edificios y de la movilidad.  

 

Octubre 2023