El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha abierto la consulta pública denominada “Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo para modificar la Directiva 92/43/CEE en relación con el estatus de protección del lobo (*Canis lupus)”.
Esta propuesta viene dada por la decisión de trasladar al lobo del Apéndice II “Especies de fauna estrictamente protegidas” del Convenio sobre la conservación de la vida silvestre y los hábitats naturales de Europa (Convenio de Berna) al Apéndice III “Especies de fauna protegidas“. Esta modificación del estatus de protección del lobo entró en vigor el 7 de marzo de 2025. Y ante ello, la Comisión Europea presentó la propuesta para modificar la Directiva 92/43/CEE de hábitats, en relación con el estatus legal de protección del lobo.
En resumen, se pretende rebajar el estado de protección total actual, a una protección que permita medidas de gestión —como la caza—, junto con medidas para hacerlo compatible con el mantenimiento en un estado de conservación favorable.
Evidentemente que desde nuestra Entidad damos pleno apoyo a esta modificación. Especialmente en vista del incremento notable de las perjudiciales interacciones —ataques a ganados— que está representando la presencia del lobo en nuestro territorio y la imposibilidad, hasta ahora, de implementar medidas de controles y gestión de las poblaciones. Por lo que hemos presentado las correspondientes alegaciones, de las que hacemos un resumen aquí.
NECESIDAD DE LA GESTIÓN DE LA POBLACIÓN DEL LOBO
Como reconoce el propio Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica en su “Programa de apoyo a la prevención de daños causados por el lobo a la ganadería en Cataluña, 2025“;
“El lobo es una especie generalista respecto del hábitat y la dieta (dentro del régimen carnívoro), que se adapta a vivir en cualquier medio donde encuentre alimento, refugio y condiciones para reproducirse. Como especie depredadora apical, puede llegar a atacar el ganado doméstico, mayoritariamente el ganado ovino y caprino en régimen extensivo que pernocta en el campo sin protección de manera habitual. (…) Este comportamiento altamente depredador genera un impacto negativo sobre la ganadería a escala local. Por lo tanto, su presencia genera interacciones e importantes tensiones sociales en el mundo rural. (…)“.
En este mismo Programa se reconoce que, desde el año 2000, “(…) se han detectado lobos en las comarcas de L’Alta Ribagorça, L’Alt Urgell, L’Alt y El Baix Empordà, El Bages, El Barcelonès, El Berguedà, La Cerdanya, El Cellera, Osona, El Ripollès, El Solsonès, El Pallars Sobirà y en La Vall d’Aran“.
Asimismo es más que evidente que ya ha habido ataques de lobos a explotaciones ganaderas extensivas, y que su número se va incrementando. Así lo demuestran las estadísticas. Ejemplos recientes de estos ataques, en Cataluña, son los siguientes, sin ser excluyentes ni exhaustivos:

Y más cuando Cataluña se encuentra en medio de dos zonas europeas con una alta presencia de lobos: el Pirineo francés y la parte norte del río Duero. Zona, esta segunda, que ya ha desprotegido al lobo para poder gestionar la población y hacer frente a los numerosos ataques del mismo a las explotaciones ganaderas.
Otro ejemplo del malestar local existente son los cinco ayuntamientos de El Pallars Jussà —Tremp, Isona, Sant Esteve de la Sarga, Passanant de la Conca y Conca de Dalt— que recientemente —abril de 2025— se han declarado como municipios “libres de lobos”. Las mociones aprobadas se muestran contrarias a la presencia del lobo y solicitan que se ejecute un plan que compatibilice la conservación del lobo con la actividad ganadera, así como que se indemnicen los daños.
Consecuentemente reiteramos nuestro apoyo a la propuesta normativa citada de reducción del nivel de protección del lobo para hacer frente a los cada vez más numerosos ataques a los ganados y disminuir, tanto como sea posible, las pérdidas económicas que representan para las explotaciones ganaderas. Porque no es sólo la pérdida del animal. Son, además, el incremento de los gastos por la adquisición y montaje de medidas de protección a adoptar —tanques electrificados, pastores eléctricos, perros, cámaras, etcétera—, como la reducción del peso de los animales por estrés, etcétera.
Hay que recordar que estas explotaciones, aparte de ser la base de unas economías familiares y una productividad de proximidad y calidad, sirven para el mantenimiento y arraigo de la población en el territorio, evitando el abandono de los pueblos y mantener un relevo generacional.
Al respecto, recordar que aún con la reducción de la protección, el lobo queda sujeto a la protección establecida en el artículo 14 de la Directiva 92/43/CEE sobre los hábitats. Precepto que exige a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar que la recogida en la naturaleza de espécimenes de las especies de fauna y flora silvestres que figuren en el anexo V, así como su explotación, sean compatibles con el mantenimiento de las mismas en un estado de conservación favorable.
LA GESTIÓN DEL LOBO EN LOS PIRINEOS, DENTRO DEL ÁREA DE DISPERSIÓN CENTRO-EUROPEA
Hay que recordar que los ejemplares que se encuentran en Cataluña son mayoritariamente de origen europeo, entrando en su área de dispersión. El lobo no entiende de fronteras nacionales, por lo que podemos encontrar ejemplos de lobos identificados en Cataluña con origen en Alemania. Por lo tanto se deben aplicar criterios de gestión homogéneos en el área de dispersión previendo que, de no hacer nada, tendríamos de hecho un santuario que ejercería de reclamo respecto a las zonas colindantes que si aplican criterios de gestión de la especie.
Un informe de 2021 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico estimó que existen alrededor de 297 rebaños en todo el país, lo que se traduce en una población que oscila entre los 2.500 y 3.000 ejemplares. En comparación con estudios previos, como el censo de 2014, se ha detectado un aumento en torno al 26%.
En relación con la situación del lobo para el periodo 2013-2018, España proporcionó en 2019 a la Comisión Europea una evaluación de su situación en cumplimiento del artículo 17 de la Directiva 92/43/CEE (Directiva de hábitats). De este informe extractamos las afirmaciones en relación a la disponibilidad de Hábitat en la zona de los Pirineos (Cataluña):
“La cantidad y calidad del hábitat es suficiente para el mantenimiento de la especie y su expansión futura, especialmente en áreas con un fuerte proceso de despoblación y abandono de usos agrarios y forestales. El proceso actual de embosquinamiento y aumento de la cobertura y biomasa forestal en el ámbito rural mejoran la calidad del hábitat y los refugios disponibles; los ungulados salvajes son depredados por el lobo preferentemente sobre otras presas de ungulados domésticos o lagomorfos (Barja, 2009), por lo que la expansión durante las últimas décadas de las poblaciones de ungulados silvestres, especialmente el corzo (Capreolus capreolus), el ciervo (Cervus elaphus) y el jabalí (Sus scrofa) supone un aumento de la calidad del alimento disponible. (Llaneza et al., 2011; Blanco, 2017). En unas ciertas áreas del Pirineo catalán, los fragmentos de hábitat de notables dimensiones y adecuados para el lobo son muy numerosos. Se considera que casi la totalidad de tales fragmentos son susceptibles de albergar ganados estables (García Lozano et al., 2015).”
Se concluye que no hay ningún impedimento para una rápida expansión del lobo en la zona de Cataluña, un hecho que parece confirmarse a la luz de los recientes episodios de ataques a ganaderías catalanas ante el auge de la población de lobos en Francia.
Hay que tener en cuenta, que los datos del censo facilitado por las diferentes autonomías avalan la tesis del crecimiento orgánico de la población del norte de España, que actualmente crece hacia Este y centro de la península, por lo que es factible que se produzca un cruce de poblaciones y un efecto refugio –corredor de la zona pirenaica. Es por tanto urgente dotarse de todos los elementos de gestión que la normativa prevé, incluida la posibilidad de gestionar mediante la caza un determinado número de ejemplares tal y como ya sucede en Francia con poblaciones menores a las presentes en la cornisa cantábrica, Galicia y Castilla-León.
Al respecto, y a efectos de la consideración del Ministerio, y ante la falta de un censo para toda España —pese a tener datos parciales de diferentes Comunidades Autónomas—, hemos referido el estudio presentado en 2023 por la fundación Artemisia de la que se extraen las siguientes conclusiones sin que de momento ningún nuevo estudio las haya contradicho:
- La población de lobo ibérico en España ha experimentado un crecimiento del 26%
- desde el último censo nacional realizado en 2012-14.
- Teniendo en cuenta los rebaños compartidos en estas Comunidades Autónomas para el anterior periodo, es posible que nos moviéramos en un rango de 370-380 ganados para toda España.
- Si aplicamos el tamaño medio de ganado de lobos, aceptado por la comunidad científica —rango 7-8 lobos—, el rango poblacional se encontraría entre 2.590 y 3.040 lobos, con una media de 2.812 lobos.
- La mayor parte de lobos se concentra en las Comunidades Autónomas de Castilla y León, Galicia, Asturias y Cantabria, consolidando su presencia en territorios como Madrid, La Rioja y Castilla-La Mancha, y deteriorándose con frecuencia en Aragón, Extremadura y Cataluña, aunque no se han confirmado grupos reproductores.
Destacar que las cifras indicadas están por encima de las que actualmente tienen países como Alemania y Francia donde su gobierno ya ha estimado necesario recurrir al control poblacional cuando la presencia de la especie deriva en daños.
Finalmente, en virtud de nuestra representación del sector agroalimentario y forestal de Cataluña hemos exigido que se nos considere legalmente como directamente interesados en la tramitación del referido proyecto normativo. Al mismo tiempo, que se nos notifiquen todos los trámites y aprobaciones que se vayan llevando a cabo.

Mayo-Junio 2025